El concepto de Visado de Residencia para Inversores, más comúnmente llamado Golden Visa para inversores, se regula en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Dicho visado consiste en una oportunidad de obtener una autorización legal de estancia y/o residencia en España para los extranjeros no residentes que se propongan entrar en territorio español con el fin de realizar una inversión significativa de capital podrán solicitar el visado de estancia, o en su caso, de residencia para inversores que tendrá una duración de un año.
A estos efectos, entre otras, se entenderá como inversión significativa de capital, la adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante.
Los familiares del inversor solicitante, que lo acompañen o se reúnan con él, podrán, a su vez, siempre que acrediten su vínculo familiar con el inversor, solicitar un Visado de Residencia par Familiares, concretamente, podrán solicitarlo el cónyuge, los hijos menores de 18 años del inversor solicitante o los hijos mayores de edad del mismo, que no sean objetivamente capaces de proveer sus propias necesidades debido a su estado de salud.
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